
Córdoba: declaran inconstitucional el pago en cuotas de sentencias laborales previsto en la Reforma
Una Sala de Cámara del Trabajo consideró que la modalidad de pago en 12 cuotas de la Ley 27.802 vulnera derechos del trabajador
Una Sala de la Cámara del Trabajo de Córdoba emitió un fallo que marca un precedente significativo en la aplicación de la Ley de Modernización Laboral N° 27.802: declaró inconstitucional la modalidad de pago en 12 cuotas de sentencias laborales prevista para PyMEs.
La Ley 27.802, promulgada el 6 de marzo de 2026, introdujo entre sus disposiciones la posibilidad de que las pequeñas y medianas empresas abonen las condenas laborales en hasta 12 cuotas mensuales. La medida buscaba aliviar el impacto financiero de los fallos judiciales sobre las empresas de menor envergadura.
Sin embargo, la Cámara del Trabajo de Córdoba consideró que esta modalidad vulnera el derecho del trabajador a percibir su indemnización de manera íntegra y oportuna, principio protectorio consagrado en el artículo 14 bis de la Constitución Nacional. El tribunal entendió que diferir el pago de una sentencia firme desnaturaliza el crédito alimentario del trabajador.
Este pronunciamiento genera una tensión entre la legislación nacional y la jurisprudencia local que las empresas cordobesas deben considerar cuidadosamente. Mientras la ley habilita el pago en cuotas, los tribunales de Córdoba podrían rechazar esta modalidad caso por caso.
Implicancias para las empresas: Los empleadores de Córdoba que planificaban utilizar esta herramienta de la reforma laboral deberán evaluar con asesoramiento legal especializado la viabilidad de acogerse al pago en cuotas, considerando que existe un riesgo concreto de que el tribunal interviniente declare su inconstitucionalidad en el caso particular.