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Un emprendedor revisa la documentación de su empresa junto a la computadora
impositivo14 de octubre de 2026

Certificado MiPyME: hay tiempo hasta el 20 de octubre para revisar el borrador de la renovación

ARCA está notificando el borrador del F.1272 con los datos que va a usar para renovar el certificado en forma automática. La categoría que salga define, entre otras cosas, la alícuota del nuevo FAL desde noviembre.

ARCA empezó a notificar en el Domicilio Fiscal Electrónico el borrador del formulario F.1272 con los datos que va a usar para la renovación automática del Certificado MiPyME. Ese borrador se puede revisar hasta el 20 de octubre. Vencido ese plazo, el organismo transmite la información a la Secretaría Pyme y el trámite de renovación sigue solo, con los datos que haya en el formulario.

A quién le llega

A las micro, pequeñas y medianas empresas —personas humanas, monotributistas o autónomos, y sociedades— que están próximas a renovar su certificado. La renovación se procesa durante el cuarto mes posterior al cierre del ejercicio comercial, así que esta tanda alcanza principalmente a quienes cerraron ejercicio en junio. Para que la renovación sea automática, las declaraciones juradas del período tienen que estar presentadas en término.

Por qué este año conviene mirarlo con más cuidado

Fondo de Asistencia Laboral (FAL). Desde el período devengado noviembre 2026, todo empleador aporta al FAL creado por la Ley 27.802. La alícuota es del 2,5% para las MiPyMEs con certificado vigente y del 1% para el resto, y se detrae de las contribuciones patronales que ya se pagan. La categoría que resulte de la renovación define cuál corresponde.

IVA diferido. ARCA mantiene automáticamente la opción elegida en el formulario anterior. Si se la quiere cambiar, hay que hacerlo expresamente en el F.1272.

Registro de Empresas MiPyMES. Desde el mismo formulario se acepta o se revoca el consentimiento para compartir la información del registro.

Qué hacer antes del 20 de octubre

Entrá con clave fiscal al servicio del F.1272 y revisá los datos precargados: ventas, actividad y cantidad de empleados.

Si algo no coincide, la corrección no se hace en el formulario: hay que rectificar las declaraciones juradas de IVA o de Seguridad Social que originaron el dato.

Confirmá o cambiá la opción de IVA diferido y el consentimiento del registro.

Si se deja pasar el plazo, la renovación avanza igual con la información del borrador. Corregirla después obliga a un trámite manual.

Escribinos y revisamos tu borrador antes del 20 de octubre.