
RENATRE: plan de pagos con hasta 50% de quita de intereses para el empleador rural que regularizó
La Resolución RENATRE 100/2026 abre, hasta el 31/12/2026, un plan excepcional de hasta 12 cuotas —24 con emergencia agropecuaria— para la deuda por trabajadores rurales regularizados bajo el Régimen de Promoción del Empleo Registrado.
La Resolución RENATRE 100/2026 (Boletín Oficial del 26/10/2026) creó un Plan Excepcional de Facilidades de Pago para los empleadores rurales que regularizaron relaciones laborales bajo el Régimen de Promoción del Empleo Registrado (PER, Ley 27.802). Está vigente hasta el 31/12/2026 . Qué deuda se puede incluir La contribución al RENATRE (art. 14 de la Ley 25.191) y sus intereses resarcitorios, originados en las relaciones laborales regularizadas bajo el PER. Quién puede entrar Los empleadores fiscalizados por el RENATRE que acrediten haber regularizado a todos los trabajadores no registrados detectados en esas fiscalizaciones. Quedan afuera quienes tengan una denuncia pendiente por explotación laboral, trata o trabajo infantil, quienes no hayan regularizado todo lo detectado y quienes tengan un plan anterior con cuotas vencidas. Las condiciones Cuotas: hasta 12 mensuales, con un interés de financiación del 1,5% mensual. Con emergencia o desastre agropecuario declarado (nacional o provincial), hasta 24. Quita de intereses resarcitorios: 50% en pago único o hasta 3 cuotas; 40% de 4 a 6 cuotas; 30% de 7 a 12. Aplica solo a deudas en instancia administrativa. Primera cuota: como mínimo, el 5% del salario vigente del peón general permanente. Vence a los 10 días hábiles de firmado el convenio. Gastos: se suma un 3% sobre la deuda convenida. Límite: no se pueden pedir más cuotas que períodos con deuda. Cuidado con la caducidad El plan cae de pleno derecho si no se pagan dos cuotas, consecutivas o alternadas, o si queda una sola y pasan 30 días de su vencimiento. Si cae, se pierde la quita de intereses . Elegir la cantidad de cuotas es una decisión de números: menos cuotas dan más quita, pero exigen más caja ahora. Si tenés deuda con el RENATRE por trabajadores regularizados, escribinos y armamos la comparación para tu caso. Fuente: Resolución RENATRE 100/2026, Boletín Oficial de la República Argentina, 26/10/2026.